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Información para FACe

 

Desde el 15 de enero de 2015, según el artículo 4 de la Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación de registro contable de facturas en el sector público, están obligadas a expedir y remitir factura electrónica las siguientes entidades que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública:

 

- Sociedades anónimas.

- Sociedades de responsabilidad limitada.

- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.

- Uniones temporales de empresas.

- Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titularización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

 

La presentación de la facturas electrónicas al Ayuntamiento de Mancha Real, se realizará a través de la plataforma del Estado FACe.

 

Datos de Interés:

Ayuntamiento de Mancha Real.

Plaza de la Constitución 1 - Mancha Real - Jaén - 23100

 

NIF: P2305800A

 

Código DIR3: L01230584     

      Oficina contable: L01230584 Intervención     

      Órgano gestor: L01230584 Alcaldía     

      Unidad de tramitación: L01230584 Registro contable de facturas

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